Por cobró excesivo de intereses la SIC multa a la Fintech Nanocred Colombia
Además de la multa millonaria que deberá pagar la empresa, esta deberá devolver a los consumidores afectados los cobros excesivos.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le interpuso una multa de unos $1.300 millones a la Fintech Nanocred Colombia SAS, por el cobro excesivo de intereses, realizar publicidad engañosa y no brindar información veraz a los consumidores.
Esta decisión se habría tomado luego de las multitudinarias denuncias que realizaron consumidores con soportes y pruebas de los abusos que estaba cometiendo dicha empresa, situación que habría desencadenado que la SIC iniciará una investigación y realizará múltiples visitas.
Estas indagaciones permitieron corroborar que en efecto Fintech si cometió los abusos mencionados contra los consumidores, puesto que fueron vinculados a contratos mediante una simulación de créditos en la aplicación Profin App, sin que se contará con la debida información sobre la adquisición de ese producto, asumiendo las víctimas tasas de interés muy elevadas, así como tarifas ocultas.
A su vez, se logró constatar que la empresa incurrió en publicidad engañosa, debido a que los consumidores fueron inducidos al error por medio de la aplicación móvil, dándoles la supuesta tranquilidad de que sus servicios contaban con la autorización de la Superintendencia de Industria y Comercio.
Por ello, deberán realizar las peticiones que la SIC les impuso, además de pagar la alta suma de dinero.
1. Devolver los intereses cobrados en exceso a los consumidores con los cuales suscribió contratos de crédito desde el 16 de mayo de 2021 hasta la fecha de ejecutoria de la presente resolución, teniendo como punto de referencia el interés máximo legal fijado para el periodo de la celebración del contrato por la Superintendencia Financiera de Colombia. Todo lo anterior, con base en el estudio realizado en la presente Resolución.
2. Informar y contactar directamente a cada uno de los usuarios de los créditos suscritos desde el 16 de mayo de 2021 hasta la fecha de ejecutoria de la presente Resolución, dejando constancia del medio utilizado para contactar a los consumidores, la fecha en que realizó la actividad y el resultado obtenido.
3. Publicar un aviso explicativo sobre la devolución de los intereses cobrados en exceso a los clientes afectados. Deberá hacerlo de manera visible, clara y legible en la pantalla inicial de su página web, en las cuentas de sus redes sociales y en las instalaciones de atención al público de la sociedad dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria de la presente Resolución.
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